Nuestra Organización

Las autoridades de la Cooperativa Barriojarense Ltda. se encargan de la dirección institucional y administrativa, del control interno, de la ejecución de los movimientos sociales y demás actividades societarias. Ellas son:

Asamblea General de Socios

  • La Asamblea General de Socios constituye la máxima autoridad de la Cooperativa. Para que sus resoluciones y deliberaciones tengan validez deberán ser convocadas y realizadas en tiempo y forma, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y las del Estatuto Social de la Cooperativa. Asambleas Generales podrán ser Ordinarias o Extraordinarias.
  • La Asamblea General Ordinaria es llevada a cabo dentro de los 90 días siguientes a la fecha del cierre del ejercicio económico-financiero. Serán convocadas por el Consejo de Administración con anticipación mínima de treinta días respecto a su fecha de realización; también podrán ser convocadas por la Junta de Vigilancia cuando el Consejo de Administración omita hacerlo en el plazo fijado por el Estatuto Social.
  • Las Asambleas Generales Extraordinarias podrán realizarse en cualquier tiempo, convocadas de oficio por el Consejo de Administración, a pedido de la Junta de Vigilancia o a solicitud escrita del 20% del total de socios como mínimo.
  • Para que las deliberaciones de la Asamblea General de Socios tengan validez deberán contar con la asistencia inicial o en primera convocatoria de la mitad más uno de los socios en pleno goce de sus derechos a la fecha de las respectivas convocatorias. En caso de no reunirse este número de socios presentes a la hora señalada en la convocatoria, se reunirá válidamente una hora después con cualquier número de socios presentes.

Consejo de Administración

  • El Consejo de Administración es el único órgano encargado de la gestión administrativa e institucional permanente de la Cooperativa y además tendrá la facultad exclusiva de representar legalmente a la misma.
  • Se compone de 7 (siete) miembros titulares y 2 (dos) miembros suplentes. Los miembros son electos por votación nominal en Asamblea General Ordinaria de Socios y durarán en sus funciones por el periodo de 3 (tres) años.

Junta de Vigilancia

  • La Junta de Vigilancia es el organismo electo en Asamblea, encargado de ejercer el control interno de la Cooperativa. Podrá tomar conocimiento de las actividades sociales, administrativas y económico-financieras a través de informes solicitados a los distintos organismos directivos o auxiliares o mediante el control directo o auditoría, cuidando de no entorpecer el normal desenvolvimiento de los otros órganos de la Cooperativa.
  • Se compone de 5 (cinco) miembros titulares y 2 (dos) miembros suplentes, quienes durarán 3 (tres) años en sus funciones.

Tribunal Electoral Independiente

  • El Tribunal Electoral Independiente es un órgano independiente que tendrá a su cargo administrar las cuestiones relativas a la organización, dirección, fiscalización y realización de los comicios para la elección en Asamblea de los miembros que integrarán los Órganos Electivos establecidos en el Estatuto Social de la Cooperativa.
  • Se compone de 5 (cinco) miembros titulares y 2 (dos) miembros suplentes, quienes durarán 3 (tres) años en sus funciones.

Órganos Auxiliares

  • Los Órganos Auxiliares, o Comités, son organismos dependientes del Consejo de Administración, y atenderán cuestiones específicas para las cuales fueron creados.
  • Los miembros de los diferentes Comités son designados por el Consejo de Administración y durarán un año en sus funciones, pudiendo ser reconfirmados.
  • Los Comités Auxiliares de la Cooperativa son:
    • Comité de Crédito
    • Comité de Educación
    • Comité de Promoción Social
    • Comité de Ayuda Solidaria
  • El Consejo de Administración podrá crear otros organismos auxiliares de acuerdo con las necesidades y el volumen operacional de la Cooperativa, determinando las facultades y funciones, y estableciendo un reglamento para cada organismo auxiliar.